Feliciano Valencia dirigente indígena del Cauca
Un Juez Primero Especializado del Circuito de Popayán, absolvió al dirigente indígena Feliciano Valencia del delito de secuestro simple y lesiones personales agravadas. Desde el año 2008 cuando los pueblos indígenas del Cauca a raíz de los incumplimientos por parte del gobierno nacional, las comunidades y pueblos indígenas agrupadas en el CRIC, deciden levantarse en Minga de Resistencia Social y Comunitaria como mecanismo de exigencia y respeto a los pueblos y la garantía de los derechos fundamentales, este trabajo colectivo se realizó en el Territorio de Convivencia, Dialogo y Negociación La María Piendamó, Cauca.
La minga indígena siendo un ejercicio legítimo y Pacifico, fue fuertemente reprimido por el gobierno nacional, donde fue asesinado un comunero indígena y resultaron heridos más de cien indígenas como consecuencia de la represión estatal, en el fragor de la lucha y resistencia se infiltra un soldado, la guardia indígena lo captura y las autoridades propias lo investigan y los más de 10 mil indígenas en cabeza de las 120 autoridades tradicionales reunidos en la María Piendamó, determinan aplicar el remedio al soldado, este a su vez demanda y la fiscalía individualiza el caso y le imputa el delito a Feliciano Valencia por haber participado en un juicio público de las comunidades indígenas del Cauca.
El juez encargado del caso, tomó en cuenta los aportes otorgados por la defensa, en el sentido que la acción de aplicación de justicia fue una actuación colectiva de acuerdo a la jurisdicción especial indígena, según usos y costumbres y que en ningún momento se trató de una retención ilegal o secuestro como se quiso demostrar por la parte demandante.
El programa de defensa por la vida y de los derechos humanos, considera el alcance constitucional y política la decisión del Juez de la Republica sobre la absolución de Feliciano Valencia, y reafirma el ejercicio de la gobernabilidad, la autonomía y legitimidad de la acción jurídica desde el derecho propio y deja precedentes claros frente a esta clase de delitos en territorios de las comunidades indígenas, al ser reconocida su jurisdicción especial como quedó definido en la Constitución Nacional en 1991 y en consecuencia ratifica la forma de corrección que se aplica por los pueblos originarios.
La lectura pública de la sentencia se realizará el 24 de Marzo, por parte del juzgado en mención, fecha para la cual se hace un llamado a todas las autoridades tradicionales a hacer presencia en la ciudad de Popayán y reafirmar la forma de aplicar justicia no solo en el departamento del Cauca sino en todo el ámbito territorial de los Pueblos Indígenas de Colombia.