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COLMO DE LA POLICÍA Y DEL AGRESOR, CON LAS VÍCTIMAS

VICTIMA mujerLa mujer es sometida a revictimización después de ser agredida y expuesta a ser atacada de nuevo.

El top de las víctimas frente a sus agresores

 

Aydée Gamboa Villate

Comunicadora Social-Periodista

Especial para Primicia

Después de un largo viacrucis por el que debe pasar una mujer agredida para interponer una denuncia penal en contra de su agresor, nos encontramos con otras situaciones que permiten hacer una reflexión sobre la actuación de la Policía, quién desconoce las Leyes y, otra, sobre la actuación de un agresor que no pone la cara, está escondido y le huye a la Justicia.

Ya iniciado un proceso de denuncia penal ante la Fiscalía, instauro una querella a través de una caución (diligencia de conciliación para evitar futuros ataques por parte del agresor) en la Estación de Policía, de acuerdo con el derecho que tiene como victimario, al debido proceso, es decir, a rendir versión de los hechos.

Lo que la Policía desconoce es que la Ley no le permite confrontar a la víctima con su victimario y en la consecución de esta gestión me encontré con los siguientes absurdos, lo cual he denominado el top 5 del colmo de la Policía y del agresor:

Top 5

La Policía desconoce las Leyes y pretende confrontar a la víctima con su victimario…

La Policía se rige por el Código Contencioso Administrativo y no conoce la Ley

1257 de 2008 sobre no violencias contra las mujeres, donde estipula en el

Capítulo III Artículo 8°. Derechos de las víctimas de Violencia, numeral k): A decidir voluntariamente si puede ser confrontada con el agresor en cualquiera de los espacios de atención y en los procedimientos administrativos, judiciales o de  otro tipo.

Top 4

Llevar boleta de citación policiva a casa del agresor…

Gracias a los absurdos protocolos de la Policía hay que llevar la boleta de citación a la casa del agresor acompañada de una patrulla del CAI más cercano. ¿Este acaso no es un hecho más de revictimización?

Top 3

El agresor no le pone la cara a la Justicia…

El agresor ha incumplido dos citaciones a la Estación de Policía para que responda por los hechos. Hasta el momento nadie sabe su paradero.

Top 2

La patinada de CAI en CAI…

Sólo por la falta de claridad por parte de los patrulleros hay que patinar de CAI en

CAI para saber cuál cuadrante le corresponde al sitio de vivienda del agresor.

Top 1

Patrulleros de la Policía que no tienen tiempo para llevar la boleta de citación y hay que rogarles…

La solicitud de acompañamiento para entregar la boleta de citación al agresor es todo un calvario. Los patrulleros afirman que ellos «hacen el favor» de ir hasta la casa del agresor pero que no se comprometen a volver a intentarlo si el agresor no se encuentra en su sitio de residencia. Uno de los patrulleros alude que se debe volver hacer el recorrido y la solicitud otro día y que además vuelven a «hacer el favor» en sus tiempos, ya que no es responsabilidad de ellos hacer esta gestión.

Ante este panorama de absurdos y colmos de la Policía y del agresor, aunque las

Leyes existen, es desconocido por algunos actores, como en este caso, los policías. Por tanto las reflexiones son: ¿Qué clase de protocolos tiene la Policía para la atención a las víctimas? ¿Cuál es la política de enfoque de género en la

Policía? ¿Hay política de enfoque de género? ¿Hay desconocimiento de las Leyes y los procedimientos o es negligencia institucional?

En cuanto a la actuación de la Secretaría de la Mujer hay que reconocer y valorar todo el apoyo recibido y, especialmente, por el acompañamiento, asesoría y orientación del abogado de este caso, quien sin su presencia sería imposible llevar a cabo estos procesos. Igualmente agradecer el apoyo del Fiscal quien está actuando.

Es necesario señalar que la Ley 1257 de 2008 sobre no violencias contra las mujeres tiene como objetivo beneficiar a las familias, las personas y a la sociedad colombiana para fortalecer las relaciones pacíficas, armónicas, igualitarias y respetuosas entre las personas, debe procurar su estudio, uso y aplicación por parte de la Policía Nacional para atender de manera adecuada los casos de violencias contra las mujeres mediante acciones que provee dicha Ley.

Aun cuando la situación no es la más favorable para las mujeres, sí por lo menos se ha logrado avanzar en la garantía de algunos de nuestros derechos. A todas las mujeres que hemos sido víctimas de violencia, algunas instituciones, leyes y políticas públicas han logrado adoptar medidas de prevención, atención, protección y sanción adecuadas y sobre todo que las mujeres sepan que con espacios para ser escuchadas y respetadas. Hoy por lo menos las mujeres podemos soñar y creer y, en algunos casos, vivir con nuestro derecho a la libertad.

victima mujer 2

Después de ser violentada una mujer tiene que ir a donde se agresor a entregarle personalmente una boleta de citación.

víctima mujer 1

Lo que la Policía desconoce es que la Ley no le permite confrontar a la víctima con su victimario.