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Golpe judicial a la campaña de De la Espriella: TRIBUNAL ORDENA RETIRAR SÍMBOLOS PATRIOS Y MILITARES EN 24 HORAS

El alto tribunal prohibió de forma taxativa el uso de los símbolos patrios,los saludos militares, los lemas de campaña y cualquier emblema alusivo a las fuerzas militares o de policía en la publicidad del candidato. Todo el material audiovisual retirado de las plataformas deberá ser archivado y remitido de inmediato al organismo electoral como preservación probatoria.

 

 

 

 

Luis Eduardo Romero

Judicial

En una decisión sin precedentes que sacude el tablero político a pocos días de la segunda vuelta presidencial, el Tribunal Superior de Bogotá intervino de manera drástica en la estrategia de propaganda del candidato Abelardo De la Espriella.

La Sala Segunda de Decisión Laboral de dicha corporación, bajo la ponencia del magistrado Rafael Albeiro Chavarro Poveda, admitió una acción de tutela y dictó medidas provisionales de urgencia que obligan al aspirante y a su movimiento a reestructurar de inmediato su imagen publicitaria.

El recurso legal fue promovido por el ciudadano Dylan Lizarazo Ramos, quien alega una vulneración flagrante al derecho fundamental a la libertad electoral. De acuerdo con el demandante, el grupo significativo de ciudadanos «Defensores de la Patria» ha incurrido en un uso indebido de los símbolos nacionales y elementos propios de las fuerzas armadas con el fin de captar sufragantes.

El libelo acusatorio también cuestiona la parálisis institucional del Consejo Nacional Electoral, corporación que ha mantenido en la inercia denuncias previas sobre estos mismos hechos radicadas desde octubre de 2025.

Freno definitivo al uso político de la institucionalidad castrense

La gravedad de la providencia radica en el alcance de las medidas cautelares adoptadas bajo el principio jurídico del periculum in mora, el cual advierte sobre el riesgo inminente de un daño irreparable a la equidad del certamen electoral si se esperaba el fallo de fondo, programado para después de los comicios del 21 de junio.

Ante este escenario, la magistratura ordenó perentoriamente a De la Espriella, a su fórmula vicepresidencial José Manuel Restrepo Abondano y a todo su equipo de campaña, eliminar en un plazo máximo de veinticuatro horas toda la propaganda desplegada en portales web, redes sociales y medios masivos.

La restricción impuesta por el alto tribunal prohíbe de forma taxativa la exhibición de la bandera de la República, el escudo nacional y la paleta cromática del tricolor patrio en sus piezas de promoción.

Asimismo, el dictamen veta el uso de imágenes, insignias, saludos o cualquier emblema alusivo al Ejército, la Armada, la Fuerza Aérea y la Policía Nacional, suspendiendo además el empleo de los lemas insignias de la campaña «firmes por la patria» y «Defensores de la Patria». Toda la folletería y material audiovisual retirado deberá ser debidamente archivado y remitido al organismo electoral como material de preservación probatoria.

El sustento del fallo: equidad y neutralidad del Estado

Para fundamentar la apariencia de buen derecho, el Tribunal Superior examinó minuciosamente las evidencias recaudadas en los canales oficiales del candidato, validando los montajes digitales donde se utilizaba de manera explícita la simbología del Estado y el respaldo de la fuerza pública.

Desde el plano estrictamente legal, el auto se soporta en las Leyes Estatutarias 130 de 1994 y 1475 de 2011, normativas que prohíben a los partidos y movimientos apropiarse de los emblemas patrios para evitar confusiones en el electorado o el usufructo del peso histórico de las instituciones del Estado.

El respaldo constitucional de la decisión evoca las sentencias C-1153 de 2005 y C-490 de 2011 emanadas de la Corte Constitucional, las cuales defienden la legitimidad de estas prohibiciones para asegurar el equilibrio de la competencia política.

La jurisprudencia señala con claridad que ninguna campaña puede monopolizar los símbolos que encarnan la unidad nacional, puesto que hacerlo equivale a sugerir de forma errónea que las propuestas de los contradictores políticos constituyen un acto de «deslealtad» hacia la propia nación.

Consecuencias operativas en el entorno digital y de medios

Consciente del impacto masivo que posee la maquinaria publicitaria del candidato de la oposición, el Tribunal ordenó la vinculación inmediata a este proceso de los gigantes tecnológicos globales y de los principales conglomerados de comunicación en el país. Gigantes digitales de la talla de Meta Platforms, X Corp, Bytedance y Google Colombia fueron notificados formalmente junto a cadenas nacionales como Caracol Televisión, RCN Televisión, la Casa Editorial El Tiempo, City T.V., Publicaciones Semana, Editorial La República y el Grupo Valorem.

Tanto las campañas accionadas como los medios de comunicación y plataformas tecnológicas vinculadas disponen de un término improrrogable de un día hábil para radicar ante la corporación sus informes correspondientes, presentar descargos y ejercer su derecho a la legítima defensa en un litigio que redefine las reglas de juego de la comunicación política en las horas más definitivas del país.

24 horas de plazao le dió la justicia al candidato Abelardo de la Espriella para bajar de su campaña los simbolos patrios de los cuales se habia apoderado y de la camiseta de la seeccion colombia