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INVESTIGACIÓN PENAL

ASEGURADO ANDRÉS FERNANDO SEPÚLVEDA, EL 'HACKER ÉTICO'De manera inexplicable la Jueza Barrera consideró que la aceptación de responsabilidad realizada por el señor Sepúlveda y los documentos reservados, explicó la fiscalía.

Fiscal General solicitó que se investigue penalmente a Jueza que decretó libertad de hacker Andrés Sepúlveda


El Fiscal General de la Nación, Eduardo Montealegre Lynett, ordenó que se investigue penalmente  a la Jueza Décima Penal del Circuito de Bogotá, Teresita Barrera Madero,  tras haber decretado la nulidad de la imputación realizada al señor Andrés Sepúlveda Ardila.

En la compulsa de copias se solicita que se indague  la posible responsabilidad de la citada Jueza en el delito de prevaricato por acción (art. 413 Código Penal) y cualquier otro que se llegare a demostrar, por las siguientes razones:

1)   De manera inexplicable la Jueza Barrera consideró que la aceptación de responsabilidad realizada por el señor Sepúlveda y los documentos reservados encontrados en su poder no podían ser tenidos en cuenta como fundamento de la imputación, en clara contradicción con lo establecido en el Código de Procedimiento Penal (art. 282).

2)   La Fiscalía General de la Nación cuenta con abundantes elementos materiales probatorios y evidencia legalmente obtenida, que permiten inferir razonablemente que el señor Sepúlveda es posible responsable de los delitos que le fueron imputados (espionaje, acceso abusivo a un sistema informático, uso de software malicioso y violación de datos personales), además de otras conductas punibles que han surgido en desarrollo del proceso. Algunas de esas pruebas son:

2.1. Videos de Andrés Sepúlveda en los que se evidencia la transmisión de información confidencial de Inteligencia a otras personas. Esas grabaciones fueron verificadas por peritos del Cuerpo Técnico de Investigación (CTI) confirmándose su autenticidad y la identificación morfológica de quienes allí aparecen.

2.2. Videos que revelan la compra y venta de información de Inteligencia de las Fuerzas Armadas y de Policía.

2.3. Bases de datos y testimonios que dan cuenta del seguimiento, sabotaje e interceptación de los diálogos de paz que se desarrollan en La Habana, Cuba.

2.4. Treinta y tres equipos de cómputo incautados en los allanamientos y en cuyas memorias se encontraron bases de datos con información reservada perteneciente a la Dirección de Inteligencia de la Policía Nacional (DIPOL), a otras agencias de Inteligencia del Ejército, así como también de la Fiscalía General de la Nación.

2.5. Bases de datos reservadas del Comité Operativo de Dejación de las Armas (CODA) en las cuales figura información personal y del núcleo familiar de desmovilizados de la guerrilla.

2.6. Testimonios recepcionados en el proceso a diferentes personas que confirman la compra y venta de información de Inteligencia, la interceptación ilegal de correos electrónicos de ciudadanos, y otras actividades ilegales.

2.7. Un dispositivo electrónico de origen israelí que permite interceptar ilegalmente comunicaciones.

3)   Por lo anterior y teniendo en cuenta que toda esta evidencia pone en riesgo la seguridad nacional, la Fiscalía General de la Nación abrirá de inmediato la investigación penal a la Jueza Décima Penal del Circuito de Bogotá por el delito de prevaricato por acción.

Este caso se parece al de la  juez Johanna Rodríguez que beneficio a otro uribista, indicaron algunos abogados allegados al proceso.

Fallo 4El Fiscal General de la Nación, Eduardo Montealegre Lynett, ordenó que se investigue penalmente  a la Jueza Décima Penal del Circuito de Bogotá, Teresita Barrera Madero,  tras haber decretado la nulidad de la imputación realizada al señor Andrés Sepúlveda Ardila.