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¡Escándalo Judicial!: DENUNCIAN A MAGISTRADOS DEL CONSEJO DE ESTADO Y LA CORTE CONSTITUCIONAL POR PREVARICATO Y FRAUDE POR DERECHOS PETROLEROS

La disputa se centra en la propiedad del subsuelo de la región conocida como «El Horno, Campo las perdices», que, según Palacio, se remonta a una normativa de finales del siglo XIX.

 

 

 

Ricardo Bicenty 

Especial

Un nuevo capítulo de controversia judicial sacude a las altas cortes colombianas. Magistrados del Consejo de Estado y de la Corte Constitucional fueron denunciados formalmente ante la Comisión de Acusación de la Cámara de Representantes por los presuntos delitos de prevaricato, fraude judicial y violación de derechos a la propiedad del subsuelo.

La acción legal fue interpuesta por Rodolfo Palacio, quien sostiene tener derechos históricos sobre unos pozos de petróleo ubicados en Tubará, Atlántico.

Origen del Litigio

La disputa se centra en la propiedad del subsuelo de la región conocida como «El Horno, Campo las perdices», que, según Palacio, se remonta a una normativa de finales del siglo XIX. El demandante argumenta que una norma de 1883 sustenta su reclamo y recuerda que la cuenca de formación del antiguo resguardo indígena de Tubará —con una extensión de 16.500 hectáreas— fue declarada «bien vacante» el 3 de febrero de 1886 por un juez de Barranquilla.

Esa acción de 1886 fue realizada por el General Manuel María Palacio Vargas, bisabuelo del actual demandante, Rodolfo Palacio, quien actuó en nombre y representación de la «comunidad de codueños del subsuelo del antiguo resguardo indígena de Tubará».

Historia Judicial

El objetivo central de esta denuncia ante la Comisión de Acusación es «corregir el expediente» y demostrar que las interpretaciones judiciales actuales han omitido el contexto histórico y las limitaciones tecnológicas de la época.

Palacio rechaza categóricamente la postura del Estado sobre la fecha del hallazgo: «Rechazamos de manera tajante la afirmación del Estado colombiano, porque el petróleo se encontró y las operaciones de perforación se llevaron a cabo antes de 1969. El reconocimiento de la presencia histórica y la explotación temprana como base para respetar los derechos legales sigue siendo válido y defendible».

El demandante aclara que no se trata de un resguardo indígena stricto sensu, sino de un «nombre costumbrista», y sostiene: «confiamos en que esta acción motive una reevaluación de todas las consideraciones legales pertinentes en todos los procedimientos anteriores y actuales relacionados con nuestras reclamaciones, y el registro histórico debería ser reconocido y contabilizado adecuadamente».

Finalmente, Rodolfo Palacio recuerda a la Comisión que una sentencia proferida el 10 de octubre de 1942 por la Sala de Negocios Generales de la Corte Suprema de Justicia ya reconoció a la Comunidad de Condueños del Antiguo Resguardo de Indígenas de Tubará como la legítima propietaria del petróleo en dicho sector.

Rodolfo Palacio, sostiene tener derechos históricos sobre unos pozos de petróleo ubicados en Tubará, Atlántico.