El ministro de Trabajo, Antonio Sanguino Páez, explicó que la posición compartida por empresarios y sindicatos es mantener el aumento, para evitar incertidumbre en el mercado laboral y en la economía.
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El panorama económico del país atraviesa una semana de alta incertidumbre tras el fallo del Consejo de Estado que suspendió provisionalmente el incremento del 23,7% al salario mínimo. El tribunal argumentó que el Decreto 1469 de 2025 carece de la fundamentación técnica exigida por la ley, al no sustentar debidamente factores clave como la meta de inflación del Banco de la República y la productividad. Ante esto, el Gobierno Nacional dispone de un plazo de ocho días —que vence el próximo 24 de febrero— para expedir un nuevo decreto transitorio que subsane estos vacíos legales.
En respuesta, el presidente Gustavo Petro ha radicalizado su discurso, elevando el debate al rango constitucional bajo el concepto de «salario mínimo vital y móvil». El mandatario no solo defiende el ajuste como un derecho irrenunciable para que los trabajadores no pierdan poder adquisitivo, sino que ha convocado a una marcha nacional este jueves 19 de febrero. Bajo la consigna «El salario vital se defiende», Petro busca el respaldo de las calles para contrarrestar lo que califica como un «bloqueo institucional» que atenta contra la dignidad de las familias colombianas.
Sin embargo, en un giro pragmático, la Mesa de Concertación Laboral reportó este lunes un consenso inesperado. Tanto el Ministro de Hacienda como el de Trabajo, junto a representantes de la ANDI y centrales obreras (CUT y CGT), coincidieron en la necesidad de mantener el incremento del 23% para evitar un caos administrativo. Los gremios advierten que, dado que el aumento ya fue incorporado en las nóminas y costos de enero, revertirlo generaría una inestabilidad jurídica y operativa mayor que simplemente ratificar la cifra mediante un nuevo acto administrativo con mayor rigor técnico.
El presidente Gustavo Petro ha radicalizado su discurso, elevando el debate al rango constitucional bajo el concepto de «salario mínimo vital y móvil»