Opinión, TOP

DE LA JUSTICIA SIN ROSTRO A LA INJUSTICIA DESCARADA

Juez sin rostro 

 

David Turbay Turbay

Pasé en la etapa de mi juzgamiento, de la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia al sin competencia territorial juzgado 1 Regional de Bogotá. Oficiosamente se desprendió la Corte Suprema del conocimiento de mi etapa judicial del Juicio, y esta quedó en manos de un juez sin rostro, que creo una lex tertia combinando PROCEDIMIENTOS, LO QUE NO PUEDE HACER.

Lo primero que se hizo fue llamarme a ampliación de indagatoria. Concurrí como era mi deber. Sala con espejos, modulación de voces, preguntas en diferentes tonos.  Y a todas respondí con la verdad. Pero me sentí ofendido. Mi dignidad humana, resultó afectada en grado sumo-

El Comité de Derechos Humanos de la ONU, proscribió esos procedimientos, sentenciando en favor de Manuel Francisco Becerra, José Elías Guerra y Miguel Rodríguez Orejuela, que ante él concurrieron.

También se registraron otros fallos de otras Comisiones internacionales de Derechos Humanos, que procedieron a anular condenas proferidas, porque hubo testigos secretos, sin identidad.

Fue esa justicia un oso, sin garantías procesales de ninguna estirpe.

Se oyen a testigos sin que siquiera participe en la receptación de los mismos el Ministerio Público. Y se arriman al proceso sin proferir Resolución que lo indique para efectos de la publicidad y de la controversia en igualdad de armas de lo afirmado por el l testigo desconocido.

Tuve oportunidad de hablarle al juez 1 de la Justicia Regional de Bogotá, sin competencia territorial pues el cheque investigado era de Cali, sin saber si era hombre o mujer quien me oía. Y logré que decretara probanzas vitales, como el contrainterrogatorio de Guillermo Alejandro Pallomari González,  o quien dijo serlo, a quien no pude contrainterrogar en igualdad de armas porque una potencia del mundo no lo dejó, sacrificando mis garantías procesales y constitucionales y la Convención de Viena.

Hoy me trajeron unas pruebas, que aportan a la descalificación de ese testigo. Su acta de nacimiento fue inscrita bajo el número 711 de 1949 y extrañamente aparece modificada con una sub inscripción el 26 de enero de 1970, como consta en los certificados de nacimiento No. 106.007.311  y 106.907.332 expedidos por el Servicio de Registro Civil e identificación de Chile.

En ese certificado de nacimiento aparece registrado como su R.U.N el 5.5734 589-1. Sin embargo cuando se acude por conducto del Banco CONOSUR al Sistema Nacional de Comunicaciones Financieras, con el propósito de obtener información sobre ese número de R.U.N, tal número no registra nombre o razón social, fecha de nacimiento, ni direcciones asociadas, ni información común de ningún tipo. Al parecer se modificó exóticamente el número del R.U.N de Guillermo Alejandro Pallomari González, y se aplicó extrañamente uno sin utilización. Esperamos las explicaciones de ese proceder, que llena de misterios esta trama y a este personaje o quien dice serlo.

No es intrascendente la legal identificación de Guillermo Alejandro Pallomari o quien dijo serlo. Afirmar que no tiene importancia procesal que se le haya identificado como se le identificó. Ello tampoco se realizó en su diligencia de indagatoria en Charlotte, como en su oportunidad lo certificaron el Ministerio Público y la Defensoría del Pueblo de Colombia. Crece el misterio. Nos creen bobos. Se recuerda que con violación del artículo 7 de la Convención de Viena, tampoco participó en estos diligenciamientos un Delegado del Departamento de Justicia de los Estados Unidos de América, quien debió concurrir en defensa de los derechos humanos del deponente extranjero. Algo misterioso sigue rondando al personaje dudoso.

Y las firmas que aparecen en ellos, los testimonios de Charlotte y el Petersburg que es el que de mí se ocupa, fueron acompañadas en mi proceso por dos experticias forenses, en las cuales en principio, se concluye que correspondían las firmas sometidas a estudio forense, a dos desarrollos manuscritos  diferentes. Y nada dijeron frente a las firmas escaneadas. Esto ameritaba una ignorada acción judicial inmediata.

Espero que no tenga que profundizar en esta investigación. Algo raro se tramó para condenarme.

Cuando se le puso a la vista el cheque girado en CALI el 1 de mayo de 1994 contra la cuenta corriente de Exportcafé Ltda, que no fue girado a nombre de David Turbay sino a nombre de Juan Pérez, quien lo endosó con su cédula de ciudadanía, por la suma de $50.000.000, reconoció que PUDO haber sido girado por Miguel Rodríguez Orejuela, pero NO SABE quién fue su beneficiario. Es decir, fácilmente se colige que las manifestaciones de quien dice ser Guillermo Pallomari, no comprometen de ninguna manera la responsabilidad de David Turbay Turbay sobre el hecho punible fruto del proceso, porque en ninguno de sus apartes me sitúan recibiendo de una u otra manera, en época y sitio determinado suma concreta de dinero alguna, de origen ilícito. Y nada de ello se comprobó válidamente. Por hoy dejemos allí, pero habrá más.

Todo induce a pensar que se montó una película con errores, por fortuna, con libreto improvisado me atrevo a pensar que permite desvelar, el malévolo objetivo perseguido faltando a la verdad.

No a la Justicia Regional, no a la orquestación fantasiosa para destruir a un hombre decente. La Corte Suprema, Sala de Casación Laboral, tiene la oportunidad de destacarlo. Que Dios les de las fuerzas.